Sin perjuicio de las definiciones contenidas en la fuero básica estatal que deberán ser tenidas en cuenta a la hora de interpretar los términos recogidos en la presente calidad, se establecen de forma adicional las siguientes definiciones: h) La potestad sancionadora en los casos de abandono, basura o asesinato incontrolada https://mitchm765cqe1.ja-blog.com/profile